De acuerdo con el régimen de enseñanza establecido en el capítulo 5º, artículo 47 del Reglamento Regulador de Escuelas Particulares de conductores de vehículos de motor, aprobado por el real decreto 1295/2003, de fecha 17 de octubre.
Condiciones generales
- La Escuela Particular de Conductores impartirá las enseñanzas necesarias para la obtención del permiso de conducción reseñado, con la máxima dedicación y eficaciacon profesorado que cumpla la totalidad de los requisitos exigidos en el reglamento de Escuelas de Particulares de Conductores.
- La duración de cada clase teórica será de 60 minutos, la clase práctica de motocicleta de 60 minutos y la clase práctica de turismo serán de 60 minutos.
- Para poder ser presentado a examen será necesaria una certificación conjunta del Director y del Profesor que ha impartido las enseñanzas de la conducción. Si el alumno insistiera en ser presentado a examen sin estos requisitos, el Director de la Escuela lo hará constar expresamente, resolviendo en cada caso la Jefatura Provincial de Tráfico, según proceda.
- Los gastos de matrícula en la autoescuela, que se abonará en la fecha de la matrícula, será valorado por un año independientemente del número de convocatorias necesarias para la obtención del permiso.
- El precio del expediente incluye también la gestión o tramitación del mismo, así como las clases teóricas que no se pagan aparte
- La renovación de expedientes sucesivos, correrán a cargo del alumno, siendo el precio de los mismos 123,97€, I.V.A. y tasas de tráfico aparte.
- Salvo casos debidamente justificados y autorizados por la Jefatura de Tráfico, el alumno será acompañado durante la prueba de circulación del profesor que le haya impartido las enseñanzas prácticas que se responsabilizará del doble mando.
- El alumno ó representante legal firmante del presente contrato manifiesta tener conocimiento de los diferentes costes que por cada concepto corresponde y autoriza a la Dirección de la Escuela a gestionar antes los Centros oficiales cuantos documentos interesen a dichos centros para obtener el permiso de conducción, asumiendo el coste de este servicio.
- La Escuela Particular de Conductores velará por el cumplimiento de todo lo dispuesto en la legislación vigente, así como del estricto cumplimiento de las obligaciones del profesor, atendiendo cualquier reclamación o queja del alumno en relación con la enseñanza recibida. A cuyo efecto en el caso de quedar inconforme el alumno, dispone de un libro de reclamaciones en el que podrá manifestar sus quejas para conocimiento de la Jefatura Provincial de Tráfico.
- El cambio de las tarifas de las clases prácticas, modificarán el precio establecido en este contrato a partir del día de entrada en vigor de tales tarifas para las prácticas realizadas a partir de esta misma fecha.
- Las tasas oficiales e impuestos se abonarán aparte y según las tarifas vigentes en cada momento.
- La cancelación del presente contrato a instancias del alumno,no eximirá de las obligaciones de pago que haya contraído antes de dicha cancelación. Las cantidades entregadas en cada uno de los conceptos serán abonadas en concepto de indemnización a la autoescuela.
- Si no puede asistir a realizar la clase práctica por cualquier circunstancia tendrá que comunicarlo con 24 horas de antelación, caso contrario se verá obligado a abonar la misma.
condiciones particulares
- Ante la falta de asistencia injustificada por parte del alumno y por un tiempo de 1 año, la autoescuela podrá rescindir el presente contrato, sin que el alumno tenga derecho a la devolución de los importes abonados.
- Los precios de las ofertas se ajustarán a las tarifas vigentes en ese momento.
- Las ofertas que conlleven la entrega de un obsequio, éste será entregado por parte de la autoescuela una vez obtenido el permiso al cual fuese referida la oferta.
- En caso de acogerse a una Oferta Especial, y el alumno por voluntad propia decida marcharse de la autoescuela, éste deberá abonar la diferencia entre la Oferta Especial y la Tarifa normal del momento de solicitar la documentación para marcharse, y así hacer entrega de la misma.
- Las ofertas en el momento de la matricula del alumno no serán acumulables a otras ofertas.
- En virtud de lo establecido en la Ley 15/1999 de Protección de datos de Carácter Personal, el alumno da su consentimiento para el tratamiento de sus datos Personales, que serán incorporados al fichero de clientes de la autoescuela. Los datos serán utilizados únicamente para las gestiones propias de los servicios contratados. El alumno podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición establecidos en esta Ley ante la Autoescuela.